martes, 21 de agosto de 2012

Ley N° 255, Elección de autoridades municipales en los municipios de Huatajata y Chua-Cocani - Prov. Omasuyos (La Paz)

LEY Nº 255
LEY DE 11 DE JULIO DE 2012

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:


LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A:

ELECCIÓN DE AUTORIDADES MUNICIPALES
EN LOS MUNICIPIOS DE HUATAJATA Y CHUA-COCANI
DE LA PROVINCIA OMASUYOS DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ



ARTÍCULO 1. (OBJETO). Se autoriza al Tribunal Supremo Electoral, convocar a elecciones para Alcaldes(as) y Concejales(as) en los Municipios de Huatajata y Chua-Cocani, en conformidad con la normativa legal vigente.

ARTÍCULO 2. (ÁMBITO DE APLICACIÓN). La presente Ley se aplica a los Municipios de Huatajata y Chua-Cocani, ambos de la Provincia Omasuyos del Departamento de La Paz, creados por Ley N° 33 y Ley N° 34 de 8 de agosto de 2010, respectivamente.

ARTÍCULO 3. (NÚMERO DE CONCEJALES). El Tribunal Supremo Electoral definirá el número de Concejales en atención al número de pobladores de los Municipios, conforme la normativa legal vigente.

ARTÍCULO 4. (RECURSOS ECONÓMICOS). Los recursos económicos para la administración y ejecución de las Elecciones de los Municipios de Huatajata y Chua-Cocani, serán provistos en la presente gestión por el Tesoro General de la Nación a través del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, con base al presupuesto elaborado por el Tribunal Supremo Electoral.

ARTÍCULO 5. (PERIODO DE MANDATO). Tratándose de una elección excepcional, el período de mandato de las autoridades electas en los municipios de Huatajata y Chua-Cocani, finalizará junto con el periodo de mandato constitucional de las autoridades municipales elegidas el 4 de abril del 2010.

ARTÍCULO 6. (CONVOCATORIA Y CALENDARIO). El Tribunal Supremo Electoral, en el marco de sus atribuciones y competencias, convocará a la elección de Autoridades Municipales: Alcaldesas o Alcaldes, Concejalas y Concejales de los Municipios de Huatajata y Chua-Cocani; y al efecto elaborará el calendario electoral definiendo la fecha de elección, en la gestión 2012.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil doce.

Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Richard Cordel Ramírez, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Luis Alfaro Arias, Angel David Cortéz Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de julio del año dos mil doce.



FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Claudia Stacy Peña Claros.

No hay comentarios:

Publicar un comentario